En el BOE del 19/02/2026 se ha publicado el Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2026.
A partir del 2026 se produce una subida del SMI del 3,1%. Esto implica que el importe del SMI para la jornada completa de 40 horas semanales pasa de 16.576 € a 17.094 € brutos anuales. Con carácter retroactivo del 1 de enero de 2026.
¿Cómo se distribuirá el nuevo SMI en 2026?
El salario mensual podrá percibirse de dos maneras:
- Con pagas extraordinarias aparte: 1.221 € brutos al mes, con las correspondientes pagas extras en junio y diciembre.
- Con pagas extraordinarias prorrateadas: 1.424,50 € brutos al mes.
Además, el salario mínimo por hora para empleadas de hogar pasa a ser de 9,55 €, incluyendo la parte proporcional de las pagas extras y vacaciones.
Salario por tramo horario:
| Horas semana | Salario Bruto (2 pagas) | Salario Bruto (pagas prorrateadas) |
| 10 | 305,25 € | 356,13 € |
| 15 | 457,88 € | 534,19 € |
| 20 | 610,50 € | 712,25 € |
| 25 | 763,13 € | 890,31 € |
| 30 | 915,75 € | 1.068,38 € |
| 35 | 1068,38 € | 1.246,44 € |
| 40 | 1.221 € | 1.424,50 € |
Cotizaciones y Seguridad Social.
La actualización de las Bases de Cotización de la Seguridad Social se producirá a finales de febrero o principios de marzo. Será importante revisar la actualización en cuanto se publique para calcular correctamente las nóminas de 2026 y garantizar que el salario cumpla con la normativa vigente.
Desde enero 2026 también se aplica el nuevo tipo de Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) que supone un 0,9 % adicional sobre la base de cotización. De este porcentaje, el 0,15 % lo asumen la persona trabajadora y el 0,75% restante el/la empleador/a.
Nuevos Tipos y Bases de Cotización de la Seguridad Social de los/as Empleados/as de Hogar para el 2026, con la cotización por desempleo y el MEI
| CC%CP&MEI Empleada/o | CC Empleador | CP Empleador | Desempleo & Fogasa Empleador | MEI Empleador |
| 6,40% | 23,6% | 1,50% | 5,70% | 0,75% |
Bonificaciones en la cotización
- Reducción por alta en el régimen del 20% en la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes.
- Beneficio del 45% en la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes, por la contratación de cuidadores en familias numerosas.
- Bonificación del 80% en la aportación empresarial a la cotización por desempleo.
- Bonificación del 80% en la cotización al FOGASA.
Estas bonificaciones no son automáticas en todos los casos y deben aplicarse correctamente en el alta y cotización.
Si tienes una persona empleada en este régimen contratada o estás pensando en regularizar la situación, es fundamental revisar salarios, bases de cotización y tipos aplicables para evitar errores o posibles sanciones.
En Q.ido nos encargamos de todo el proceso de forma profesional: actualización salarial conforme al SMI vigente, cálculo correcto de nóminas, aplicación de bonificaciones, gestión de cotizaciones y cumplimiento íntegro de la normativa laboral.
Trabajar con una empresa especializada no solo te aporta tranquilidad, sino que protege tanto a la familia como a la trabajadora.
Si necesitas asesoramiento o quieres que gestionemos tu servicio con todas las garantías legales, puedes contactar con nosotros y estudiaremos tu caso de manera personalizada.